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Sorpresa en el BOE: la navegación privada de recreo queda excluida del descuento de carburante

Hasta ahora se beneficiaba de los 20 céntimos menos, pero la ampliación de la norma deja fuera este uso

Navegar por placer saldrá más caro que hasta ahora. El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha recogido este domingo el real decreto ley por el que se amplía la bonificación de 20 céntimos en los carburantes hasta el 31 de diciembre de 2022. Una norma que parecía realizarse con los mismos términos que cuando se puso en marcha, pero que en esta ocasión cuenta con el siguiente apéndice: «Quedan excluidos de la bonificación los productos anteriores utilizados como carburante en la navegación privada de recreo».

A estos efectos se entiende por navegación privada de recreo la realizada, detalla el BOE, «mediante la utilización de una embarcación, que no sea de titularidad pública, por su propietario o por la persona que pueda utilizarla, mediante arrendamiento o por cualquier otro título, para fines no comerciales y, en particular, para fines distintos del transporte de pasajeros o mercancías o de la prestación de servicios a título oneroso».

De esta manera, queda fuera el descuento del combustible si el uso del yate o barco es para la navegación privada, pese a que no se exigen términos de utilización del carburantes para la navegación comercial. Así, el precio del combustible para estas embarcaciones tendrá un coste de 20 céntimos superior al resto hasta, al menos, el 31 de diciembre.

Queda por resolver la duda de si es posible repostar en garrafas –sin tener que dar a conocer el uso de ese combustible– y beneficiarse del descuento que ahora no se amplía en este tipo de embarcaciones para uso privado.

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